Obtener un crédito o préstamo, ya sea con una institución financiera, un banco o una persona, conlleva el compromiso de devolver el dinero en plazos y con intereses determinados, de lo contrario, podríamos enfrentar consecuencias que afecten nuestra estabilidad financiera.
Frente a los casos de impago, el acreedor llevará a cabo una serie de acciones para tratar de recuperar el dinero que prestó, pero los deudores también pueden recurrir a ciertas soluciones para librarse de la deuda y evitar que la situación escale hasta el ámbito judicial, como la remisión de deuda, también conocida como condonación.
La remisión, o condonación, consiste en la cancelación total o parcial de una deuda, ya sea de manera gratuita o a cambio de algún bien.
Lo anterior quiere decir que, al remitir una deuda, el acreedor renuncia, de forma voluntaria o forzada, a su derecho de cobrar el dinero que prestó, ya sea el monto total o parte de este, y, generalmente, sin solicitar nada a cambio.
La remisión de deudas se puede clasificar de la siguiente manera:
Según el ámbito
Pública: Si un organismo público es acreedor, podrá remitir las deudas que se establezcan en la ley.
Privada: Se refiere a los casos en los que los acreedores y deudores son personas físicas o jurídicas.
Según el monto de la deuda a condonar
Total: El acreedor perdona al deudor el monto total adeudado.
Parcial: Se remite solo una parte de la deuda.
Según la voluntad del acreedor
Voluntaria: El acreedor renuncia de forma voluntaria y libre a su derecho de cobrar la deuda.
Forzada: Es cuando el acreedor se ve obligado a renunciar al cobro de una deuda. Esto generalmente ocurre cuando las empresas se declaran en bancarrota o entran en un concurso de acreedores.
Según el momento vital en que se realiza
Inter vivos: Quiere decir que tanto el acreedor como el deudor se encuentran con vida.
Mortis causa: La remisión de la deuda ocurre a causa del fallecimiento de alguna de las partes.
Para que la remisión de deuda ocurra, el deudor deberá ser quien lo solicite, pero únicamente será el acreedor quien decida si la otorga o no, a menos que exista de por medio una sentencia judicial o una quiebra empresarial.
La remisión de una deuda se puede hacer de dos formas:
Expresa: Por la vía judicial y ante un notario para certificar la renuncia del acreedor a su derecho al cobro de la deuda. También es posible hacerlo mediante un pacto verbal, pero lo más recomendable es que quede por escrito.
Implícita: De acuerdo con el Código Civil, para lograr la remisión, el acreedor debe entregar el justificante de la deuda o devolver su garantía.
La remisión puede ser una solución conveniente en el momento en que una persona ya no puede continuar realizando los pagos de un crédito o préstamo, por cualquier situación, ya que este proceso le ayudará a anular la deuda y librarse del compromiso.
Para ello, el deudor deberá contar con un documento que acredite la existencia del adeudo y especifique la causa por la que el pago no puede realizarse.
Sin embargo, es importante tener en cuenta que, para obtener la anulación de la deuda, el deudor deberá contar con un buen historial crediticio y con la asesoría de un profesional como un notario.
Si bien la remisión de deudas es una alternativa benéfica para aquellas personas que ya no pueden pagar sus obligaciones, lo cierto es que resulta muy difícil que los acreedores lo acepten de manera voluntaria.
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